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Tips para que no heredes problemas

Tips para que no heredes problemas

03 de Marzo de 2015

¿Sabes que es un Testamento? ¿Estás pensando que ya es momento de realizarlo para dejar todo en orden para tus familiares? ¿No sabes por donde empezar? Hoy decidimos ayudarte y darte unos tips para que hagas un testamento sin problemas y no heredes a tus familaires problemas.

Primero ¿Que es un Testamento?

De acuerdo a la Secretaría de Gobernación un testamento es el documento donde se plasma la decisión de una persona con respecto a su patrimonio, designado a las personas que lo recibirán en el momento de su muerte. Su finalidad básica es que el patrimonio perdure a pesar de que el dueño de éste muera. En el testamento se puede reconocer a los hijos procreados y las deudas contraídas. A estas disposiciones se les denomina cláusulas irrevocables. Su característica es que una vez manifestadas en un testamento, prevalecen, aun cuando el autor de la herencia formule un nuevo testamento.

Lo importante de este docuemnto es que lo tengas para que en el momento en el que faltes, tus herederos solo sufran tu pérdida y no líos con papeles y sucesiones. 

 Debes saber que en el Testamento hay dos figuras importantes en el testamento: los herederos y el albacea. 

Los herederos son las personas a quienes quieres dejarles tus bienes y el albacea es la persona que se encargará de que lo que establezcas en el testamento se realice. Y de hecho, una se las primeras tareas que tiene es hacer un inventarios de los bienes para que todos lleguen a las personas adecuadas. 

A la persona que escojas como albacea debes avisarle, y puedes ayudarle o hacerle menor el trabajo si tienes todos tus papeles en regla e incluso, ordenados. Sigue leyendo para que veas cómo lograr una sucesión sin líos para tus herederos. 

 

Muy bien ahora, estos son algunos puntos que puedes incluir en tu testamento:

1.- Los hijos: Esta es una parte dificil de establecer –si tienes hijos menores de edad- quién va cuidarlos. En este aspecto hay dos figuras en las que debes pensar: el tutor y el curador. El tutor seré quien cuide de tus hijos y los bienes que les dejes hasta que sean mayores de edad. El curador es “el policía del o los tutores”.

2.- Las joyas y las obras de arte: Si tienes joyas y obras de arte, es otro de los bienes que debes especificar en tu testamento. Lo que se recomienda es tener un inventario de qué es lo que tienes y a quién se lo quieres dejar, si es que lo deseas especificar. Esto se puede hacer en un anexo al testamento. 

3.- Tus bienes inmuebles

En el testamento no necesitas especificar cada uno de los bienes inmuebles que tienes y a quién se lo quieres dejar, a menos de que así lo desees. 

La recomendación es que para no heredar problemas con los bienes inmuebles tengas en regla: la escritura, el pago del predial y del agua. ¿Por qué?, porque si no lo tienes, entonces tus herederos deberán regularizar el inmueble y pagar las deudas de éste, con recargos.

El patrimonio va cambiando conforme pasa el tiempo, es como tu cartera, tiene entradas y salidas, en principio, el testamento debería dejar abierto para considerar entradas y salidas en el patrimonio.

Por ejemplo, si inviertes en bienes raíces entonces no es conveniente que en el testamento especifiques todos los inmuebles que tienes y a quién se los quiere dejar, pues es probable que surja alguna oportunidad y que vendas alguno. 

Lo que es recomendable es que tengas una hoja por separado al testamento en el que listes todas las propiedades que tienes, y si las vendes o adquieres nuevas, entonces solo ajustas este inventario. Esto va a ayudar a tu albacea a la hora de ponerse a trabajar en tu sucesión.

Si tienes una propiedad que todavía no es tuya porque estés pagando una hipoteca, entonces debes especificar con qué institución tienes el crédito y dónde están los papeles del seguro que liberarán el inmueble y la deuda a la hora de tu muerte.

Si tienes un bien raíz en co-propiedad, entonces debes entender que sólo puedes heredar el porcentaje que te pertenece. Por ejemplo, si tu casa está escriturada a nombre de tuyo y de tu pareja, pero se divorcian, entonces cada uno tiene el 50%. Si ustedes a su vez tienen cada uno dos hijos con una segunda pareja y heredan a sus hijos, entonces esta propiedad se dividirá en 25% por hijo. 

Si a esto se le suma que la escritura no esté en regla, por ejemplo, o que no la tengas, se complica la sucesión. 

No te preocupes sino tienes la escritura de tu inmueble, lo que necesitas es el número de la escritura, la fecha de adquisición y el nombre del Notario encargado.

Los notarios guardan los documentos durante cinco años y después los envían a un archivo, así que siempre puedes sacar la copia de una escritura con estos datos.

Otros datos que debes tener, si es que no tienes un archivo completo, es el de la cuenta de predial y de agua.

4.- Cuentas de banco, inversiones y seguros

Los seguros se rigen bajo la Ley de Contrato de Seguros y las cuentas bancarias y de inversiones bajo la de la Comisión Nacional Bancaria, esto quiere decir, que no tienes que especificar en tu testamento dónde están las cuentas y a quién se las dejas. De hecho, cuando se abre la cuenta de cheques o la de inversiones y se contrata un seguro se establece quién es el beneficiario de dicho bien.  

Para esto puedes hacer un inventario, en el que puedes también incluir tus deudas, si así lo quieres y si éstas tienen un seguro en caso de fallecer, como sucede en el caso de la hipoteca o el crédito automotriz. 

Por otro lado, para cobrar los seguros se necesita el acta de defunción y a veces un documento que muestre que la sucesión se ha llevado a cabo, por lo que estos trámites deberán realizarlos tus herederos.

 

Esperemos que estos tips te sirvan para poder realizar este tramite de forma más fácil, recuerda que mas vale prevenir que lamentar.

 

Información tomada de www.metroscubicos.com/No heredes problemas, pon tus papeles en regla

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